«La resolución extrajudicial de conflictos en materia de propiedad intelectual», por Jean Devaureix
A continuación, reproducimos el artículo elaborado por Jean Devaureix, director de la asesoría jurídica de Pons Patentes y Marcas, publicado en diariojuridico.com.
» El 7 de marzo de 2012 entró en vigor el Real Decreto-Ley 5/2012, de 5 de marzo de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que incorpora al Derecho español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008. De acuerdo con la exposición de motivos del R.D.L. 5/2012, los tres ejes de la mediación son (i) la desjudicialización (reducir la carga de trabajo de los Juzgados), (ii) deslegalización, (priorizando el principio dispositivo), y (iii) el reconocimiento del acuerdo de mediación como título ejecutivo, siempre que se eleve a público mediante la correspondiente escritura notarial. Según el RD 5/2012, la mediación consiste en “aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador.” Leer más…
