Archivo para la categoría ‘3.1. España & Espagne’
lunes, 19 de diciembre de 2011

En el discurso de investidura pronunciado en el día de hoy, Mariano Rajoy ha adelantado una serie de medidas, entre las que se encuentra la aprobación de una Ley de Mediación y Arbitraje. En concreto, ha señalado que «para reducir la litigiosidad, debemos mejorar la seguridad jurídica a través de un marco normativo claro – ya lo he dicho antes, menos y mejores leyes- y una administración de justicia profesional, especializada y eficaz. Aprobaremos una nueva Ley de Mediación y Arbitraje como mecanismos de solución extrajudicial de conflictos».
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viernes, 9 de diciembre de 2011
La Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid (Calle Ribera del Loira 56, Madrid) será sede el próximo miércoles 21 de diciembre el III Congreso de Instituciones Arbitrales, dedicado a profundizar en el análisis de las novedades introducidas en el ordenamiento jurídico español por la entrada en vigor de la Ley 11/2011, de 20 de mayo, de Reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de Regulación del Arbitraje Institucional en la Administración General del Estado. La inauguración del Congreso, que tendrá lugar a las 16.00h, irá a cargo del Presidente de la Corte Arbitral de Madrid, Miguel Temboury y el Secretario General de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, Javier Cuadrado de Vicente. Leer más…
miércoles, 7 de diciembre de 2011
Juan Fernández-Armesto, árbitro del CIADI, ex-presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Pontificia Comillas, impartió hace algunos días una conferencia en la Academia Matriense del Notariado en la que habló sobre la situación del arbitraje societario después de haberse aprobado la primera reforma de la Ley de Arbitraje en Mayo de 2011. Sin querer profundizar sobre las imperfecciones técnicas de la reforma, Fernández-Armesto centró su discurso sobre los nuevos preceptos 11bis y 11ter, que se han addicionado a la Ley y que dibujan un nuevo régimen del arbitraje societario que constituye “la más importante y la más feliz de las innovaciones que el legislador incluyó en la ley de reforma”. Leer más…
viernes, 25 de noviembre de 2011
La Comisión Europea ha intensificado sus actuaciones judiciales contra seis países por no haber comunicado las medidas nacionales de aplicación de las normas de la UE que facilitan el acceso a la Justicia en los litigios jurídicos transfronterizos. La Directiva sobre mediación se aplica cuando dos partes implicadas en un litigio transfronterizo acuerdan voluntariamente recurrir a un mediador imparcial para resolver sus diferencias. El plazo para la incorporación de la Directiva al Derecho nacional concluyó el 21 de mayo de 2011. La Comisión va a enviar dictámenes motivados a Chipre, República Checa, España, Francia, Luxemburgo y Países Bajos por incumplir este plazo. Mientras tanto, la Comisión ha archivado los procedimientos de infracción abiertos contra Finlandia, Eslovaquia y Reino Unido después de que estos países comunicaran sus correspondientes disposiciones normativas nacionales al respecto. Leer más…
miércoles, 2 de noviembre de 2011
En una entrevista publicada en Expansión.com, Antonio Sánchez Pedreño (Consejero Delegado de IEMediación) habla sobre la mediación y su importancia en una época en las que las empresas tienen dificultades económicas y de relación comercial. En este contexto -subraya- la mediación se ha demostrado como un elemento muy importante a la hora de resolver conflictos, que sirve para resolver, mediante un acuerdo positivo, un 70 u 80 % de casos. Leer más…
lunes, 31 de octubre de 2011
Analizar la reforma de la Ley de Arbitraje del 2011, con sus elementos positivos y otros más controvertidos y contestar las preguntas del colectivo de notarios de Barcelona centró la intervención en el Colegio de Notarios de la Ciudad Condal, de Miguel Temboury, presidente de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Madrid. Desde su punto de vista , la primera impresión que la Reforma de la Ley de Arbitraje merece es indudablemente positiva, si bien el acometimiento de algunas reformas adicionales hubiera contribuido a consolidar a España como referente mundial en materia de arbitraje .“ Sobre el papel de los notarios en la actividad arbitral señalo que “ Es evidente que los notarios por su experiencia y solvencia pueden tener cabida en el arbitraje. De hecho, en nuestro listado de árbitros ya contamos con algún profesional de estas características». En su intervención, Miguel Temboury señaló la unanimidad que se alcanzó en la Comisión de Justicia del Congreso entre los distintos grupos políticos para aprobar el texto de Proyecto de Ley que fue sometido al Senado, y que, con alguna modificación menor, fue el finalmente aprobado por las Cortes. “Uno de los aspectos destacados de la Reforma de la Ley es que mantiene la posibilidad de pactar la cláusula de equidad en los arbitrajes internos, posibilidad que había desaparecido en el Proyecto presentado al Congreso. La desaparición de dicha posibilidad había causado una honda inquietud en la comunidad arbitral ya que suponía, por un lado, una clara limitación a la autonomía de la voluntad de las partes de la que, paradójicamente, el arbitraje es uno de los frutos más destacados”, comentó. Leer más…
martes, 27 de septiembre de 2011
A continuación, reproducimos el trabajo elaborado por Francisco Armas Omedes, Notario de Barcelona y vocal del Tribunal Arbitral de Barcelona (TAB), sobre el papel del notario en la reforma de la Ley de Arbitraje, publicado en diariojuridico.com.
«La ley de Arbitraje, ley 60/2003 de 23 de Diciembre, ha sido reformada por la ley 11/2011 de 20 de mayo con el objetivo de impulsar dicha institución como señala su preámbulo. El notariado puede contribuir a ese impulso y difusión del arbitraje. El notario, dentro de su labor asesora, especialmente en al ámbito mercantil, en relación a los estatutos sociales en las escrituras de constitución de sociedades pero también en general en cualquier escritura que documente un contrato, puede plantear a las partes la conveniencia de incluir o no el convenio arbitral. Pero, para que éstas puedan tomar una decisión, es preciso que conozcan las consecuencias del mismo mediante la adecuada labor notarial de asesoramiento tendente a conseguir un consentimiento debidamente informado. Leer más…
jueves, 22 de septiembre de 2011
La Mésa de la Cámara, en su reunión de ayer día 21 de septiembre, ha acordado ampliar el plazo de presentación de enmiendas al Proyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles hasta el día 27 de septiembre de 2011, sólo en cuanto a las enmiendas al articulado.
viernes, 26 de agosto de 2011
Antonio Salas Carceller, Magistrado del Tribunal Supremo, reflexiona sobre el Proyecto de Ley de Mediación en materia civil y mercantil en el número de junio de 2011 de la Revista Aranzadi Doctrinal. En él, el magistrado señala que la mediación «puede dar sus frutos en determinados casos, pero lamentablemente no creo que suponga la disminución de procesos judiciales civiles en un número significativo«.
En el mencionado artículo, entre otras cuestiones, Salas Carceller llama la atención sobre el hecho de que -en el Proyecto de Ley- se establezca que «baste estar en posesión de título oficial universitario o de educación profesional superior para ejercer la mediación, puesto que en no pocos casos el acuerdo a que pudiera llegarse debe reunir determinados requisitos para su posterior ejecución sin controversia y el mediación debía asumir la obligación de asesorar a las partes sobre ello«. Leer más…
viernes, 5 de agosto de 2011
En un artículo publicado por el Centro de Estudios de Consumo, Manuel Jesús Marín López (catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Castilla-La Mancha) reflexiona sobre esta cuestión, concluyendo al respecto que la respuesta que da ahora el texto legal es clara: el laudo arbitral dictado fuera de plazo es válido. No cabe, en consecuencia, ejercitar acción de anulación alguna contra ese laudo. En todo caso, lo que sí podrán hacer las aprtes es ejercer la acción indemnizatoria contra los árbitros por los daños que el retraso les haya podido causar. Leer más…