El laudo arbitral de consumo dictado fuera de plazo es válido
viernes, 5 de agosto de 2011
En un artículo publicado por el Centro de Estudios de Consumo, Manuel Jesús Marín López (catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Castilla-La Mancha) reflexiona sobre esta cuestión, concluyendo al respecto que la respuesta que da ahora el texto legal es clara: el laudo arbitral dictado fuera de plazo es válido. No cabe, en consecuencia, ejercitar acción de anulación alguna contra ese laudo. En todo caso, lo que sí podrán hacer las aprtes es ejercer la acción indemnizatoria contra los árbitros por los daños que el retraso les haya podido causar.
El contenido íntegro del artículo puede ser consultado en el siguiente enlace.
Fuente: Centro de Estudios de Consumo de la Universidad de Castilla-La Mancha.