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Tramitación electrónica de la solicitud de arbitraje de consumo en la Comunidad de Castilla y León

miércoles, 23 de febrero de 2011

Desde hoy, se habilita este sistema como alternativa a la formulación tradicional de una Solicitud de Arbitraje. Con el fin de garantizar el acceso de los ciudadanos a la Administración Electrónica, facilitando la simplificación de documentos y obviando los desplazamientos, registros y otros procedimientos burocráticos, …, la  Junta de Castilla y León establece la vía electrónica como alternativa a la formulación de una Solicitud de Arbitraje de Consumo.

TRAMITATION ELECTRÓNIQUE DE LA PETITION D’ARBITRAGE DE CONSOMMATION À LA COMMUNAUTÉÉ DE CASTILLA Y LEÓN (ESPAGNE). A partir d’aujourd’hui, ce système est activé comme une alternative à la formule traditionelle d’une demande d’arbitrage. A fin d’assurer l’accès des citoyens à l’Administration Eléctronique, permettant la simplification de documents et ignorant les voyages et procedures burocratiques, la «Junta de Castilla y León» a établi la voie éléctronique comme une alterantive à la formulation d’une demande d’arbitrage de consommation.

Para acceder a los servicios de Administración Electrónica, el consumidor deberá disponer de ordenador (con unos requisitos mínimos) y certificado digital válido o DNI Electrónico.Si desea conocer la configuración mínima del equipo, diríjase al apartado titulado: Requisitos mínimos del Portal sobre Trámites y servicios electrónicos de la Junta de Castilla y León.

Asimismo, para conocer los requisitos administrativos, la información podrá obtenerla en el apartado de nuestro Portal Web de Consumo:  Arbitraje de Consumo y, desde ahí accediendo a la Sección: ¿Cómo se tramita una Solicitud de Arbitraje?, donde localizará el enlace a la solicitud electrónica de Arbitraje de Consumo y su descarga.

Este nuevo sistema resuelve la demanda creciente, formulada por los consumidores y usuarios castellanos y leoneses, quienes reivindicaban un método que pudiera salvar las grandes distancias territoriales y así poder ejercer y hacer valer los derechos que otorga la Ley.

Fuente: Portal de Consumo (Junta de Castilla y León)