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Consulta pública de la Comisión Europea sobre mecanismos alternativos de solución de conflictos

martes, 18 de enero de 2011

La Comisión Europea ha abierto una Consulta Pública sobre el uso de mecanismos alternativos de solución de controversias relacionadas con las transacciones comerciales en la Unión Europea. El objetivo de esta Consulta es recibir y evaluar las opiniones de los interesados y de las autoridades públicas sobre este tipo de mecanismos.

La Commission européenne a lancé une consultation publique sur l’utilisation de la résolution extrajudiciaire des litiges liés à des transactions commerciales dans l’Union européenne. L’objectif de cette consultation est de recevoir et d’évaluer les opinions des intervenants et des pouvoirs publics sur ce type de mécanisme.

Según explica la Comisión, los  mecanismos de solución alterantiva de conflictos (Alternative Dispute Resolution  o ADR) se han desarrollado en toda Europa para ayudar a resolver las  disputas de los consumidores  con los comerciantes. Los ADR suelen utilizar un tercero como árbitro o mediador para ayudar al consumidor y el comerciante a llegar a una solución. La ventaja de las ADR es que ofrece más flexibilidad que un tribunal y responde mejor a las necesidades de los consumidores y profesionales. En comparación con los tribunales de justicia, estos sistemas son más baratos, más rápidos y más flexibles.

Sin embargo, estos mecanismos extrajudiciales se han desarrollado de forma diferente en el ámbito de la Unión Europea. Algunos son el fruto de las iniciativas públicas, tanto a nivel central (por ejemplo, las quejas de los consumidores de los países escandinavos) y en el ámbito local (por ejemplo, los tribunales de arbitraje en España), o pueden surgir de iniciativas privadas (como los mediadores de los bancos o compañías de seguros). Precisamente por esta diversidad, las decisiones adoptadas por estos organismos son muy diferentes. Algunas no son más que recomendaciones (como en el caso de las quejas de los consumidores escandinavos y la mayoría de los Mediadores privados), otras sólo son vinculantes para el profesional (como en el caso de la mayoría de los mediadores de los bancos), y otras son vinculantes para ambas partes (arbitraje).

La Comisión ha participado activamente en la promoción de la Resolución Alternativa de Disputas. Dos recomendaciones adoptados por la Comisión Europea han establecido criterios de la calidad que cada ADR debe ofrecer a sus usuarios. Además, la propuesta de la Comisión de una Directiva europea sobre la mediación en materia civil y mercantil tiene por objeto garantizar una sana relación entre el proceso de mediación y los procesos judiciales, mediante el establecimiento de normas comunes de la UE sobre una serie de aspectos fundamentales del procedimiento civil. Por último, la Red de Centros Europeos del Consumidor (ECC-Net) ofrece a los consumidores información y ayuda para acceder a un esquema de ADR competente de otro Estado miembro.

Fuente: Comisión Europea