El Servicio de Mediación Intrajudicial del Gobierno de La Rioja amplia su actuación al ámbito mercantil
El consejero de Presidencia y Justicia, Emilio del Río, y el decano del Colegio de Economistas de La Rioja, Fernando Rubio, han presentado esta mañana el convenio de colaboración entre ambas instituciones en materia de mediación intrajudicial y que permitirá ampliar el objeto de la mediación a otros ámbitos judiciales como el mercantil.
LE SERVICE DE MÉDIATION INTRAJUDICIAL DU GOUVERNEMENT DE LA LA RIOJA INCORPORE LA MÉDIATION MERCANTILE. Le conseiller de Présidence et de Justice, Emilio du Río, et le doyen du Collège d’Économistes de la La Rioja (Espagne), Ferdinand Rubio, ont présenté ce matin la convention de collaboration entre les deux institutions en matière d’une médiation intrajudicial et qui permettra d’agrandir l’objet de la médiation à d’autres domaines judiciaires comme le mercantile [Le texte continue en espagnol].
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Emilio del Río ha recordado que el 14 de junio de 2010 la Comunidad Autónoma de La Rioja y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) firmaron un convenio de Mediación Intrajudicial que, inicialmente se puso en marcha en materia de menores infractores y en civil-familiar. Posteriormente, en febrero de 2012, se impulsó el programa de mediación penal con adultos y en octubre de 2013 se suscribió una adenda al mismo ampliando el servicio a otros ámbitos como el mercantil, el contencioso-administrativo y dejándolo abierto a otros ámbitos judiciales que sean susceptibles de mediación.
En este sentido, Emilio del Río ha destacado que “el Servicio de Mediación Intrajudicial tiene como objetivo constituir un eficaz instrumento para dar solución a determinados litigios que, con su judicialización, se ven en ocasiones agudizados, sobre todo, en aquellos procedimientos en los que las partes tienen y van a seguir teniendo en el futuro intereses comunes”.
El consejero de Presidencia y Justicia ha señalado que “en estos momentos, se hace necesaria la ampliación del objeto del citado convenio a otros ámbitos judiciales” y de esta forma, “se va a comenzar por el desarrollo de la mediación intrajudicial en materia mercantil para lo que se contará con la colaboración del Juzgado de lo Mercantil de Logroño, del Colegio Oficial de Economistas y del Colegio Oficial de Abogados de La Rioja”, ha precisado Del Río.
De esta forma, para la puesta en marcha de la mediación mercantil intrajudicial, el Gobierno de La Rioja se compromete a aportar al Colegio Oficial de Economistas de La Rioja 10.000 euros con el objetivo de que el servicio sea prestado por un equipo multidisciplinar integrado por profesionales del Derecho y de la Economía con formación específica y adecuada en mediación mercantil intrajudicial, cuya actuación se regirá por los principios de voluntariedad, imparcialidad, neutralidad y confidencialidad.
Asimismo, se contempla la creación de mecanismos de información constante entre los profesionales de ambas Instituciones firmantes, para facilitar el conocimiento y el mejor aprovechamiento del servicio de cara a la difusión y sensibilización social del programa objeto de este Convenio.
Por su parte, el Colegio Oficial de Economistas de La Rioja, asumirá los siguientes compromisos y actividades:
- Cursos de formación práctica y especialización en Mediación Intrajudicial, especialmente en materia mercantil y aquellos otros ámbitos judiciales en los que se vaya implantando la mediación intrajudicial.
- Otras actuaciones formativas, tales como charlas, seminarios y formación práctica, relacionados con el ámbito de la Mediación Intrajudicial, en materia mercantil o de otros ámbitos dirigidas a los Economistas, población en general, o a colectivos concretos y determinados que se acuerden por la Comisión de Seguimiento. En cualquier caso, la organización de estos cursos y eventos se realizará en colaboración con la Dirección General de Justicia e Interior.
- Se compromete a incorporar al Servicio de Mediación Mercantil Intrajudicial del Gobierno de La Rioja, economistas con la formación teórico-práctica exigida que intervendrán según lo previsto en el Protocolo de Actuación.
Proceso de mediación intrajudicial mercantil
Cabe señalar que el proceso de mediación intrajudicial constará de dos partes, primero se establecerá una sesión informativa presencial que se efectuará en un espacio determinado al efecto por el Gobierno de La Rioja y en la que se explicará a las partes y a sus letrados la información necesaria y general del proceso de mediación.
En una segunda parte se llevarán a cabo las sesiones de mediación que se efectuarán en dependencias del Gobierno de La Rioja, debidamente adecuadas para la prestación del servicio, garantizándose la confidencialidad e intimidad de las partes.
El proceso de mediación, puede concluir con acuerdo o finalizar sin alcanzar dicho acuerdo, bien sea porque todas las partes o algunas de ellas ejerzan su derecho a dar por terminadas las actuaciones, bien porque haya transcurrido el plazo máximo acordado por las partes para la duración del procedimientos, así como cuando los mediadores aprecien de manera justificada que las posiciones de las partes son irreconciliables.
Principios que la caracterizan el servicio de mediación intrajudicial mercantil
- Voluntariedad: Los propios involucrados deciden de forma voluntaria participar o no en el proceso de mediación.
- Confidencialidad: El mediador deberá guardar absoluta confidencialidad de todo cuanto se diga o se manifieste durante las secciones
- Igualdad de las partes: Ambas partes son iguales en el proceso de mediación.
- Homologación de los acuerdos: el acuerdo alcanzado necesitará ser homologado por la autoridad Judicial competente y requerirá su elevación a escritura pública para su consideración de título ejecutivo.
- Profesionalidad e Imparcialidad: El equipo mediador deberá tener una preparación técnica adecuada y deberá mantener una conducta imparcial y equilibrada, libre de perjuicio o favoritismos. En todo momento debe mostrar su imparcialidad y crear la confianza necesaria.
- Flexibilidad: la mediación en el ámbito mercantil se caracteriza por su flexibilidad y menor formalismo.
- Buena fe, lealtad y respeto mutuo: los participantes en el proceso de mediación mercantil actuarán conforme a dichos principios.
- Gratuidad: De esta forma se hace posible que la mediación llegue a toda la población.
Servicio de Mediación Intrajudicial del Gobierno de La Rioja
Mediación intrajudicial familiar
Desde la puesta en marcha del servicio en 2010 y hasta la fecha, desde el Juzgado de Familia de Logroño se han derivado 31 expedientes: 2 en 2010, 7 en 2011, 14 en 2012, 6 en 2013 y 2 en 2014. En cuanto a los expedientes relativos a 2013, el 60% de los expedientes correspondían a procesos de divorcio, seguidos de modificación de medidas con un 40%. De los derivados en el 2014, uno corresponde a proceso de divorcio y el otro se trata de un expediente de Relaciones Paterno-filiales.
Del total de Expedientes que aceptaron la mediación en el 2013, un 60% finalizaron con acuerdo y un 40% finalizaron el proceso de mediación sin acuerdo.
En cuanto a la satisfacción de los usuarios, el 50% considera que la mediación es beneficiosa aunque no se alcancen acuerdos y un 75% de las personas que han llevado a cabo una mediación manifiestan sentirse satisfechas (25%) o muy satisfechas (50%) con el proceso.
Mediación intrajudicial penal
Este servicio amplió su funcionamiento al ámbito penal el 1 de febrero de 2012. Desde su inicio y hasta la fecha, se han derivado un total de 274 expedientes, de ellos 102 corresponden al año 2012 y 122 corresponden al 2013 y 50 expedientes corresponden al presente año 2014, de los cuales 18 expedientes han sido derivados por los Juzgados de Calahorra, 1 por el Juzgado de Haro y el resto, 31 se han derivado desde el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Logroño.
En este año, la mayor parte corresponden a juicios de faltas (86%) y un 14% diligencias previas. Cabe destacar que, aproximadamente en la tercera parte de los casos (34%), el delito era de lesiones, hurtos y amenazas. No obstante, el 66% de los casos se catalogan en el apartado ‘Otros’, con casos, por ejemplo, de denuncias entre vecinos o familiares, inquilinos, denuncias provocadas por animales y entre compañeros de trabajo.
De los expedientes que en el 2014 han acudido a la Sesión Informativa Presencial, un 52% se ha resuelto con acuerdo, un 36% sin acuerdo y un 12% han decidido no continuar con el procedimiento de mediación.
En materia penal el 72% de los usuarios derivados al servicio de mediación intrajudicial considera que la mediación es beneficiosa aunque no se alcancen acuerdos y un 100% de las personas que han llevado a cabo una mediación manifiestan sentirse satisfechas (71%) o muy satisfechas (29%) con el proceso.
Fuente: Gobierno de La Rioja