La CNUDMI (UNCITRAL) crea un grupo de trabajo para la solución de controversias por vía informática
La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI/UNCITRAL) ha creado un Grupo de Trabajo para estudiar la resolución por medios informáticos de los conflictos que se producen por operaciones de comercio electrónico entre empresas (B2B en su acrónimo en inglés) y entre empresas y particulares (B2C). El mencionado Grupo desarrolló su primera sesión de trabajo entre los días 13 y 17 de Diciembre; en ella, el grupo de trabajo debatió sobre la articulación de la solución de controversias por vía informática (ODR, en su acrónimo en inglés) a través de sistemas similares a la conciliación en un primer estadio, y al arbitraje en caso de que la disputa subsistiera tras un intento de conciliación, ambos tramitados íntegramente online.
La CNUDMI (UNCITRAL) a crée un groupe de travail pour la résolution des conflits informatique. La Commission des Nations Unies sur le droit commercial international (CNUDMI/UNCITRAL) a créé un groupe de travail chargé d’étudier par la résolution des conflits informatique que les entreprises résultant de transactions e-commerce entre entreprises (B2B de son acronyme en anglais) et les individus et (B2C). Ce qui précède a tenu sa première séance de travail les 13 et Décembre 17; en elle, le groupe de travail a examiné la résolution des différends conjointe par ordinateur (ODR, selon l’acronyme anglais) au moyen de systèmes similaires à la conciliation, à un stade précoce, et l’arbitrage si le différend se produit après une tentative de conciliation, à la fois traitées entièrement en ligne.
Dentro de este grupo de trabajo participa la Corte madrileña de Arbitraje. Esta Corte de Arbitraje cuenta con una sistema de tramitación de arbitrajes online denominado TAO-OAM que permite que los arbitrajes puedan ser administrados y consultados por las partes y los árbitros en un entorno on line seguro, pudiendo acceder a toda la información relevante sobre el estado de su caso en concreto las 24 horas del día y los siete días de la semana, desde cualquier parte del mundo, y facilitando la notificación instantánea de cualquier modificación en la tramitación del expediente.
Fuente: Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional; Corte de Arbitraje de Madrid
