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El registro de mediadores, imprescindible para el fomento de la mediación

sábado, 9 de junio de 2012

El 75% de los usuarios participantes en la última encuesta de Aeade «¿Cree imprescindible un registro de mediadores para favorecer el uso de la mediación?» cree que sí es importante la existencia de un registro de mediadores para favorecer el uso de la mediación. Un 25% de los usuarios votantes no consideran que sea importante esta característica y un 3% no sabe, no contesta.

Según el texto publicado en el BOCG:

«Artículo nuevo. Registro de mediadores y de instituciones de mediación.

1. El Ministerio de Justicia llevará un Registro de mediadores y de instituciones de mediación, que será de carácter electrónico y al que se podrá acceder a través de la sede electrónica de aquél, a los meros efectos de publicidad, en el que se inscribirán los mediadores e instituciones de mediación. Deberá constar obligatoriamente la formación y títulos académicos de los mediadores, pudiendo informar también sobre su experiencia y otras circunstancias que se determinen reglamentariamente.

2. Los mediadores e instituciones de mediación tendrán la obligación de comunicar al Ministerio de Justicia, directamente o a través de las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta Ley y cualquier alteración de los mismos.

3. El Ministerio de Justicia verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos, que habilitarán para el ejercicio de esta actividad con los efectos procesales previstos en esta Ley en todo el territorio nacional.»

Fuente: AEADE