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La Xunta propone un arbitraje entre bancos y compradores de preferentes

domingo, 18 de marzo de 2012

Con el encargo de los tres grupos parlamentarios, que en uno de esos pocos habituales gestos de unanimidad rubricaron una moción conjunta para, entre otras cosas, reclamar a la Xunta su colaboración en las soluciones al tema de las preferentes, desde San Caetano ponen sobre la mesa una opción que está, además, bajo su tutela. La del arbitraje de consumo. Que ambas partes, entidades y afectados, acudan a una especie de mediación al margen de los tribunales para resolver las evidentes diferencias que tienen y asuman lo que dicte el laudo de los expertos que integren el tribunal. A efectos prácticos, como una sentencia, pero menos costosa y más rápida. «Es una fórmula técnicamente posible», sostiene Alberto Núñez Feijóo. El presidente del Ejecutivo autonómico reconoce la necesidad de «desatascar» el conflicto generado por la comercialización de este tipo de productos, de elevado riesgo y que, según las plataformas que reúnen a los inversores minoristas, se colocaron con engaños o sin decir cuáles eran las condiciones reales. Un vencimiento perpetuo, del que solo es posible librarse con la venta en un mercado secundario, hoy paralizado por la crisis financiera.

Desde el Gobierno gallego insisten en que esta opción es más barata y más ágil que la judicialización de los casos, «innovador -recuerda Núñez Feijóo- desde el punto de vista del ordenamiento jurídico español. Aunque él es el primero en asumir también que si el análisis que en este momento están haciendo las propias oficinas del Instituto Galego de Consumo -a disposición de los afectados, con 62 trabajadores formados expresamente para el problema- se detectan «vicios de consentimiento» no habrá otro camino que no sean los tribunales. La Xunta llevaría el caso al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), aunque allí está previsto que lleguen ya las primeras investigaciones realizadas por la Fiscalía de Pontevedra, que actuó de oficio y llevaba varias semanas repasando documentación de compradores para averiguar la posible existencia de una mala práctica bancaria, de una situación de abuso hacia los consumidores. De confirmarse, el caso podría derivar en una acción de cesación que paralizaría la venta de preferentes.

Tras el Consello de ayer, el presidente de la Xunta radiografió el complicado panorama que existe con las emisiones lanzadas en Galicia por, según el Ejecutivo autonómico, un total de 16 entidades -sobre todo entre 2005 y 2008- y un valor total de 1.080 millones de euros. Novagalicia, la entidad predominante en la comunidad, ya reveló que por su parte las emisiones entre pequeños inversores alcanzaron los 906 millones de euros. Según la Xunta también, el número de afectados asciende a 70.000, aunque otras fuentes, como la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) -que moviliza una buena parte de las reclamaciones-, sostiene que el volumen total podría llegar a los 100.000.

La Xunta sostiene que ha mantenido contactos con las entidades que operan en Galicia, el Gobierno, el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El proceso necesitaría de una autorización de la Comisión Europea y del FROB en las antiguas cajas que estén nacionalizadas.

. ¿Qué es? El arbitraje de consumo es un proceso al margen de los tribunales, de carácter voluntario, en el que dos partes aceptan resolver su disputa sobre un asunto de consumo bajo los criterios de expertos independientes y asumir su resolución.

. ¿De quién es competencia? Hay juntas arbitrales nacionales, pero, sobre todo, autonómicas, con delegaciones provinciales e incluso locales.

. ¿Qué tipos de asuntos se pueden llevar? Todos aquellos ligados al consumo, salvo que exista una sentencia judicial ya, la solución esté ligada a otros aspectos que no pueden controlar los implicados o existan indicios de delito.

. ¿Qué coste tiene? Ninguno, salvo lo que cada parte tenga que pagar en peritajes o pruebas que presente.

. ¿Quién decide? El colegio arbitral, que estará integrado por un árbitro representante del consumidor, otro de la empresa y un presidente designado por la Administración entre sus expertos en Derecho. En algunos casos, solo existe este último. La composición tiene que garantizar la imparcialidad.

. ¿Cuánto tarda? Desde la petición, la ley no permite retrasarse más de seis meses en dictar el laudo.

Fuente: La Opinión