El Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI devuelve tres dominios puntocom a Repsol
La Organización Mundial de Propiedad Intelectual (WIPO en sus siglas en inglés), a través de su Centro de Arbitraje y Mediación, ha decidido transferir los dominios repsoloil.com, repsol-oil.com y repsol-oils.com a la petrolera española tras denunciar a la compañía Tammy Bohn, propietaria de Cycle Hutt, el primer distribuidor para la marca de motocicletas KTM en EEUU. Todo comenzó en octubre de 2006, cuando la compañía Cycle Hutt compró los tres dominios. Esta distribuidora de productos de la marca KTM consiguió que las tres puntocom con nombre de Repsol se redireccionasen a su propia página web www.ktmcyclehutt.com. Según la resolución del Centro de Arbitraje y Mediación a la que ha tenido acceso NEGOCIO, la petrolera española tenía que probar los tres requisitos para que se le atribuyera de nuevos esos dominios puntocom.
El primero de ellos se refiere a si los nombres de dominio en disputa registrados por la demandada son idénticos o similares a una marca de productos o servicios en los que el demandante tiene derechos. La petrolera probó que registró la marca Repsol y su diseño en EEUU el 7 de noviembre de 2000 para todos los artículos, incluidos los aceites de motor usados por el demandante en EEUU desde la década de los 90 en relación con aceites para motores y otros lubricantes. Teniendo en cuenta que Cycle Hutt registró los dominios en 2006, le han dado la razón a Repsol.
El segundo requisito pide verificar que el demandado no tiene derechos o intereses legítimos respecto de los nombres de dominio en disputa. Repsol alegó que los dominios se redirigían al sitio web de la demandada www.ktmcyclehutt.com. Además, la petrolera aseguró que Cycle Hutt no es un distribuidor autorizado, o subdistribuidor o concesionario autorizado de Repsol.
Según el laudo, la compañía que preside Antonio Brufau «no tiene ninguna relación con el demandado, y por lo tanto, la demandada no puede tener derecho a la utilización de la marca del demandante como parte de los nombres de dominio en disputa». Con el fin de evitar cualquier falta de claridad de quién es quién en este caso, Repsol comunicó que tiene un único distribuidor autorizado en EEUU, que es Tucker Rocky Distributing, que posee la venta exclusiva de los lubricantes para motocicletas de la marca Repsol.
El tercer requisito se refiere a si los nombres de dominio en disputa han sido registrados y se utilizan con mala fe. La resolución explica cómo Repsol es una de las principales marcas más importantes del mundo del motociclismo al estar ligado a los Campeonatos Mundiales de Moto GP desde hace muchos años. La petrolera patrocina equipos de motociclismo de mucho prestigio, con corredores de primer nivel y con la marca visible ya no sólo en las motos sino también en los boxes y la indumentaria de los pilotos y del equipo.
Además, Cycle Hutt vende todo tipo de productos relacionados con el mundo del motociclismo, que son competencia directa de Repsol como pueden ser Motorex o Motul. También se refiere el laudo a que la compañía sabía que KTM y Repsol trabajaban juntos desde 2003 hasta 2009 cuando la petrolera patrocinaba el equipo de motos que corría el Rally París Dakar. Por todo ello, el panel de árbitros cree que la distribuidora actuó con mala fe para aprovecharse de la marca Repsol y de la reputación de sus lubricantes para motos.
Fuente: Diario Negocio