Sobre la desaparición de la equidad en el Proyecto de reforma de la Ley de Arbitraje
El Proyecto de Ley de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración General del Estado está generando controversia con relación a alguna disposiciones. En concreto, sobre la referencia que efectúa al arbitraje de equidad.
Le projet de loi de réforme de la loi 60/2003 du 23 Décembre, d’arbitrage et de règlement d’arbitrage institutionnel de l’Administration générale de l’État (Espagne) suscite la controverse au sujet de certaines dispositions. Plus précisément, sur la référence faite à l’arbitrage de l’équité.
Así, la Exposición de Motivos de la iniciativa presentada en el Congreso, establece que «otras modificaciones de la Ley de Arbitraje buscan incrementar tanto la seguridad jurídica como la eficacia de estos procedimientos a la vista de la experiencia de estos últimos años. En esa línea se restringe el arbitraje de equidad, lógicamente sin afectar al ámbito específico del arbitraje de consumo, que cuenta con una regulación propia. De igual manera se suprime el arbitraje de equidad en los arbitrajes internos. La regulación de la mediación propicia que este tipo de arbitraje se traslade a dicha institución, donde el acuerdo descansa en las partes y encuentra su lugar la figura del amigable componedor. De este modo se potencia la idea del arbitraje como solución alternativa cuasijurisdiccional de conflictos que, sin perjuicio de la necesaria ponderación de la equidad en su aplicación, debe sustentarse necesariamente en Derecho. Queda en todo caso al margen de esta modificación el régimen propio del arbitraje de consumo de acuerdo con la disposición adicional única de la Ley 60/2003».
Sobre este particular se han pronunciado diversos operadores arbitrales, tales como Jesús Mª. de Alfonso (Presidente del Tribunal Arbitral de Barcelona) quien, en un artículo de opinión publicado en el Diario Expansión, señala que «la proyectada desaparición del arbitraje de equidad, como pretende el anteproyecto del Ministerio de Justicia, imploica dar un paso atrás. Perdiendo el arbitraje de equidad, que tiene una larga trayectoria en nuestra tradición legal, se pierde un valiosísimo instrumento para resolver conflictos, aliviando, pero sin separarse, del rigor de la lehy, y además reduce el abanico de posibilidades de resolver un conflicto. Si bien es cierto que el arbitraje de equidad es perfectible, nada justifica que se prive al ciudadano de él ni que se reduzca a consumidores y extranjeros.
Ya los romanos se dieron cuenta de que la aplicación rigurosa del Derecho podía producir situaciones inequitativas. Se pretende suprimir así lo que ha sido el origen del arbitraje y, más paradojicamente aún, la reforma que se pone en marcha desde el Ministerio de Justicia limita el acceso a los extranjeros y a los consumidores españoles. No se trata de un empeño conservacionista, se trata de ampliar y no reducir las posibilidades para que el ciudadano pueda elegir cómo solventar un conflicto sin pasar por los juzgados.
La aparicición de la mediación, con lo que parece justificarse la desaparición del arbitraje de equidad, no tiene nada que ver pues nadie puede obligar a nadie a ponerse de acuerdo y las partes pueden preferir que, en lugar de recortar sus derechos, alguien neutral les diga quién tiene razón (arbitraje) y que lo haga moderando el rigor de la ley. Y ello no puede presentarse como que implique que se desconozca la ley, que haya menos garantías o que se pueda ignorar lo que dice un contrato.
Por lo tanto, se trata de una pérdida preocupante e injustificada como lo pone de relieve que el anteproyecto no se ve capaz de suprimirlo totalmente dejándolo en unos aspectos donde también es eficaz (consumidores) o porque no puede desconocer que hay una tradición jurídica internacional que pondría a España fuera de las tradiciones arbirales, por ello se permite su uso a los extranjeros.
El anteproyecto que impulsa la mediación no debe hacerlo en detrimento del arbitraje. Hay que ver con buenos ojos la voluntad del Ministerio de aliviar la carga de trabajo de los tribunales ofreciendo la posibilidad de acceder a métodos alternativos, aunque la mediación no garantiza la resolución del conflicto sino la creación de una oportunidad.
Es una magnífica ocasión la que provee el ministerio para extender el arbitraje e incorporar las tendencias actuales que esperamos no deje escapar. El arbitraje societario, extraordinariamente útil por la rapidez en ofrecer una solución a la crisis societario, debería extenderse y no limitarse. El anteproyecto tiene aspectos en los que se mejora el arbitraje pero contiene otros muy preocupantes, que implican un severo retroceso de las conquistas del mundo arbitral y de la libertad de los ciudadanos. El Tribunal Arbitral de Barcelona espera que sean subsanados, por lo que ha hecho llegar iniciativas al ministerio con este fin».
Fuente: Tribunal Arbitral de Barcelona