La mediación obligatoria genera polémica en Argentina
En la provincia de Santa Fe (Argentina) se está tramitando un proyecto para imponer la mediación obligatoria previa a la sustanciación de los juicios implica, concretamente, que las partes en pugna deberán intentar una solución consensuada antes de avanzar con los trámites procesales.
Dans la province de Santa Fe (l’Argentine) un projet s’est occupé pour imposer la médiation obligatoire préalable au sustanciación des jugements implique, concrètement, que les parties dans une lutte devront tenter une solution consensuada avant d’avancer avec les formalités procédurales.
Esta instancia previa e ineludible -actualmente existe como opción voluntaria- apunta a reducir la sobrecarga de los tribunales y a facilitar la resolución de conflictos por una vía más breve, económica y potencialmente satisfactoria. Este proyecto, sin embargo, está generando una considerable dosis de polémica, con posiciones enfrentadas en torno a su aprobación.
En este sentido, resulta ilustrativo el editorial publicado por el periódico «El litoral«, como expresión del estado en el que se encuentra la situación, y de los argumentos favorables y desfavorables existentes. «La iniciativa, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados de la Provincia y aguarda tratamiento en el Senado para convertirse en ley, generó en su momento -señala el editorial- una puja importante entre distintos sectores profesionales, a los efectos de establecer las incumbencias específicas para actuar como mediadores. Más allá de eso, la cuestión dividió aguas entre los abogados. En rigor, la mediación obligatoria cuenta con el respaldo más o menos enfático de cuatro de los cinco colegios de los profesionales del derecho, pero tiene la firme oposición de la entidad que representa a los letrados capitalinos. Se trata de un posicionamiento histórico de la conducción del Colegio, que en la última semana fue avalada por la casi totalidad de los participantes de la consulta realizada a los matriculados; si bien la representatividad es relativa, ya que votó poco más de una cuarta parte del padrón.
El argumento -más allá de otros, propios de intereses de cuño corporativo, como la cuestión del financiamiento de las cajas previsionales- es atendible: imponer esa instancia previa implica que, en los casos en que sea completamente inviable por falta de voluntad de las partes, incrementará costos y dilatará el acceso a la etapa judicial. Para el Colegio santafesino, lo que debe propiciarse es la existencia y funcionamiento de suficientes juzgados, más dedicación de los jueces y desactivar la costumbre de los propios letrados de prolongar artificiosamente los trámites.
El problema es que, hasta tanto esto ocurra y se instale en el conocimiento y las prácticas sociales la alternativa de la mediación, existe un amplísimo número de personas que no tienen idea de que cuentan con esa vía, o carecen del asesoramiento adecuado para intentarla; razón por la cual se embarcan en juicios largos y costosos, acaso innecesariamente.
En tal sentido, la obligatoriedad provoca que todos los justiciables se encuentren con la oportunidad de la solución consensuada, se concrete o no después. Y esta imposición los pone a salvo de que profesionales aviesos e inescrupulosos -cuya existencia los colegios reconocen y repudian- los embarquen, aún contra su eventual conveniencia, en procedimientos que se extienden durante años y cuya definición muchas veces no compensa el tiempo y el esfuerzo dedicados.
Probablemente en el futuro la generación, en la población y en los profesionales, de una genuina y efectiva cultura del consenso, haga aconsejable la mediación sólo como decisión voluntaria. Hoy por hoy, los males de la obligatoriedad parecen sensiblemente menores que sus potenciales beneficios».
Esta opinión -resumida en el editorial mencionado- no es compartida por Héctor Superti, ministro de Justicia y Derechos Humanos de la provincia -en la imagen-, quien -en declaraciones al Diario Digital de Santa Fe Notife- manifestó que desde la administración socialista “estamos absolutamente convencidos que la incorporación de la mediación en cuestiones civiles y comerciales es una medida imprescindible, porque las cargas de trabajo que van a tener los Tribunales si esto no se aplica va a ser insostenible” adelantó.
Entre los beneficios que presenta la mediación prejudicial obligatoria, el funcionario enumeró la rapidez con la que las partes en conflicto llegan a una solución, que la misma resulta consensuada y por lo tanto más pacífica y por último, destacó que resulta más económico para el Estado.
En tal sentido ejemplificó que en la actualidad se destinan 600 millones de para el funcionamiento del Poder Judicial, en tanto que la aplicación de la mediación insumiría alrededor de 3 millones y medio de pesos.
Al ser consultado sobre la efectividad que el sistema presenta en aquellas jurisdicciones que se aplica, Superti recordó el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Allí comenzó como una prueba piloto, que se prorrogó hasta quedar firme. Hace 15 años que se utiliza la mediación prejudicial obligatoria. De todos los casos que llegan, el 70% se resuelve de esta manera, y sólo el 30% restante se eleva a juicio.
“En el futuro tenemos que hacernos a la idea que por la densidad demográfica tenemos que desarrollar estos caminos no adversariales porque no va a haber capacidad para atender estos casos” reflexionó el ministro de Justicia.
Por último, reconoció que “sólo en la ciudad de Santa Fe hemos advertido la oposición” al sistema, pero destacó que en el resto de las circunscripciones hay apoyo y defensa de la mediación. “No creo que haya que imaginar la mediación como compitiendo con el trabajo ni la justicia, sino favoreciéndolas” finalizó.
Fuentes: Ellitoral.com