La Unión Europea debate otra vez sobre el arbitraje de consumo
De vez en cuando, la Unión Europea se entretiene debatiendo cómo establecer un esquema de resolución de disputas en materia de consumo que satisfaga a todos los Estados miembros. Así, y durante más de una década hemos leído informes, libros de diversos y variados colores, recomendaciones y un sinfín de debates que sólo ponen de manifiesto que se quiere hacer algo, pero no se sabe cómo todavía.
L`UNION EUROPÉENNE DÉBAT L`ARBITRAGE DES CONSOMMATEURS. De temps en temps, l’Union européenne entretient discuter de la façon d’établir un cadre pour résoudre les litiges de consommation à la satisfaction de tous les États membres. Ainsi, et pour plus d’une décennie, nous avons lu des rapports, des livresde couleurs diverses et variées, des recommandations et des débats sans fin qui montre seulement que vous voulez faire quelque chose, mais ne sais pas comment encore.
El consumidor tiene varias opciones cuando no queda satisfecho con el producto y/o servicio adquirido. De un lado está la negociación bilateral. De otro lado está la reclamación en sede judicial. Puede haber –y debiera haber— una tercera vía: la vía extrajudicial vía arbitraje, mediación o adjudicación. La mediación en este tipo de asuntos suele ser inútil –es inútil y cara porque tiende a extenderse en el tiempo a base de sesiones— por lo que hay dos alternativas válidas en consumo: el arbitraje vinculante para ambas partes, o la adjudicación, vinculante para el proveedor y optativa para el consumidor. Sin embargo, no hay consenso ni sobre método extrajudicial, si bien ya cabe hasta preguntarse si la UE tiene que decidir el método extrajudicial a emplear, o si debe limitarse a regular la «extrajudicialidad».
La Unión Europea se encuentra con el obstáculo principal de reconocimiento y ejecución transfronterizo y que resulta ser el obstáculo más sencillo de salvar en términos jurídicos por ser una cuestión puramente técnica.
Lo que lleva a la UE a debatir hasta el aburrimiento es si se debe implantar un esquema ADR en consumo común, y si ha de ser obligatorio. Lo peor: la UE se dedica a debatir si el empleo de ADR en materia de consumo debe, o no ser responsabilidad de la UE. Como estas cuestiones no son técnicas –el reconocimiento y ejecución es un asunto técnico— la opinión de cualquiera vale igual que la de otro cualquiera que se siente a su lado. Al centrarnos en opiniones y sutilezas de dudoso interés general, vemos que el discurso de las autoridades europeas en este ámbito es apasionado, enconado y, a menudo, estéril; ofreceremos algunos ejemplos de la dialéctica que peremnmente acompaña este ya más que cansado y aburrido debate.
La UE se ha embarcado durante los últimos meses en otra consulta pública. Según nos cuentan, hay 750 esquemas extrajudiciales en la UE, no 751 ó 749, sino 750. Nos comentan que el 40% de proveedores de servicios a consumidores ni saben lo que es ADR, y que en 2009 sólo el 3% de consumidores y el 9% de dichos proveedores emplearon algún método extrajudicial. ¿De dónde salen estas cifras?, de EurActiv.
Con las cifras en el párrafo anterior que destacan que el consumidor europeo ni sabe a quién o a dónde recurrir, cabe preguntarse sobre la eficacia del Servicio de Orientación Ciudadana de la Comisión Europea de 2009.
Hungría tiene la presidencia de la UE hoy. Su Ministro para Asuntos Estratégicos, Zoltán Cséfalvay, ha dicho alto y claro: «It’s not our duty to regulate ADR, but to support it,» que viene a significar que entiende que no es el cometido de la UE regular ADR, sino apoyar el empleo de los métodos extrajudiciales. Seis meses también pasan, y al siguiente país presidente de turno se le ocurrirá otra cosa.
¿ADR de calidad? A saber qué significa eso más allá de especulaciones sobre el significado de «calidad», pero es parte del debate. También se debate si ADR se ha de extender de B2C a B2B. ¿Para qué se abre esa caja de pandora? No tenemos ni idea, pero a la hora de debatir por debatir, cualquier cosa parece que se puede poner sobre la mesa. No es de extrañar, por lo tanto, que nuestros representantes anden confundidos y solicitando más debate y opinión, ya que, por no saber, no saben ni centrarse en un asunto, sino que marean todo asunto tangencial en nombre del tan deseado “amplio debate”.
Pero hay más amplitud en el debate. Nuestros representantes ni siquiera se ponen de acuerdo en si ADR ha de ser voluntario u obligatorio y, desde luego, amplían el debate a si debe o no ser gratuito.
Las asociaciones de consumidores quieren que el arbitraje sea obligatorio y, a ser posible, gratuito. ¿Qué otra cosa pueden decir? Europa ya les ha oído y no está plenamente convencida de ello. Se sostiene que los proveedores de servicios a consumidores no tienen incentivo en unirse a un esquema extrajudicial. La experiencia española desmiente este extremo, si bien el arbitraje de consumo en España es“gratuito”.
La Unión Europea ha hablado de sobra sobre estos asuntos y toca tomar una decisión, si bien es sorprendente que sigan hablando sobre temas tan básicos a estas alturas tras tantos años. Las conclusiones de la consulta pública se publicarán previsiblemente en el otoño de este año. Lo que sea que suceda como consecuencia no llegará hasta bien entrado 2012, como pronto.
Fuente: ADR Resources