Declaraciones de Begoña Pérez Sanz, titular del Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid, primer juzgado exclusivo para temas arbitrales en España
La reciente creación del primer juzgado exclusivo para temas arbitrales en España obedece a una instrucción del pasado 30 de diciembre del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Esta novedad jurisdiccional “puede tener un efecto llamada de casos; el tiempo lo dirá”, asegura a NEGOCIO la magistrada Pérez Sanz quien conocerá asuntos sobre arbitraje y auxilio a la resolución extrajudicial de conflictos. El acuerdo del CGPJ asegura que el juzgado de arbitraje tiene una serie de ventajas para la justicia. Una es descargar de trabajo a la jurisdicción ordinaria, “su eficacia se verá con el tiempo”, según Pérez. Otro de los beneficios es la existencia de unificación de criterio.
DÉCLARATIONS DE BEGOÑA PÉREZ SANZ, CHEF DE LA COUR DE PREMIÈRE INSTANCE 101, MADRID, PREMIERS SUJETS JUGÉS EXCLUSIVEMENTE À L`ARBITRAGE EN ESPAGNE. La récente création des premières questions propres au tribunal d’arbitrage en Espagne en raison d’une instruction du Conseil General de la Magistrature (CGPJ). Ce nouveau tribunal »peut avoir un appel cas, le temps nous le dira,« le juge a assuré Pérez Sanz qui connaissent des questions sur l’arbitrage et de secours à la résolution des différends. Accord CGPJ veille à ce que le tribunal d’arbitrage a un certain nombre d’avantages pour la justice. Un travail est téléchargé à partir des tribunaux ordinaires «prend effet au fil du temps», a déclaré Pérez. Un autre avantage est l’existence de l’unification des critères.
En este tema, la magistrada es tajante: “Habrá un único criterio, pero no unificación”. Hay que tener en cuenta que si se recurre en apelación, son varias las secciones de la Audiencia Provincial de Madrid que resuelven, “cada una con su propio criterio”. Begoña Pérez es proclive a las peticiones judiciales para que haya unificación de doctrina en el Tribunal Supremo; “me facilitaría el trabajo”, argumenta.
El CGPJ ha concentrado en el Juzgado 101 todas las competencias sobre nombramientos de árbitros cuando no exista acuerdo entre las partes, la adopción de medidas cautelares que soliciten los litigantes y -hasta la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Arbitraje (2003)- del reconocimiento para ejecutar los laudos internacionales.
Pérez asegura que sus cometidos versarán “fundamentalmente sobre la ejecución de laudos arbitrales”, aunque también destaca el auxilio en la práctica de pruebas que soliciten los árbitros, como podría ser tomar declaración a testigos encarcelados.
Sin embargo, Pérez reconoce que la resolución de los recursos de anulación no es de su competencia. Fue un desliz que, por error, el CGPJ entró en la instrucción. Esta función les corresponde a las Audiencias Provinciales.
La carga de trabajo será el doble que en otros juzgados recién creados, ya que el 101 también recibirá en el reparto de casos el 5% del total de asuntos turnados, teniendo también competencias sobre la jurisdicción civil ordinaria.
La magistrada espera conocer sobre 2.600 asuntos tramitados en su juzgado entre arbitrajes y civil, prácticamente los mismos que conocieron en 2010 los más de 70 órganos judiciales con competencias en arbitraje. Lleva poco más de un mes al frente del Juzgado 101 –en enero estuvo a cargo de un sustituto- y en este periodo ya ha tramitado más de 434 asuntos, de los que 180 son de jurisdicción voluntaria. La mayor parte han sido sobre arrendamientos y, en menor medida, arbitrajes societarios y resoluciones de contratos.
Begoña Pérez es clara, “a lo mejor hay que pedir un refuerzo”, ya que cuenta con dos funcionarios menos que otros juzgados. En el órgano judicial trabajan ocho personas, incluyendo al agente judicial, además del secretario y la magistrada juez. Se necesita “una secretaría fuerte, ágil y con funcionarios preparados”, lo que sería una ventaja para desarrollar sus competencias adecuadamente.
La juez destaca que los desahucios son una de las grandes desventajas de su juzgado. Las ejecuciones de laudos sobre arrendamientos implican extender su jurisdicción fuera de Madrid. “Solemos hacer exhortos a Barcelona, Salamanca y resto de España, pero los compañeros ponen trabillas, que luego se solucionan, para la ejecución y lanzamiento de inquilinos”, lamenta la magistrada.
La instrucción del CGPJ por el que se crea el juzgado de arbitraje deja abierta la puerta para que se atribuyan nuevas competencias, como podría ser la mediación, pero también que se quite esta especialidad cuando entre en funcionamiento la nueva oficina judicial.
Fuente: Diario Negocio