4.4. Internacionales & Internationales – Mediación y arbitraje http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu Grupo de estudio sobre la solución extrajudicial de conflictos transfronterizos en el ámbito civil y mercantil (ESECO) Thu, 25 Feb 2016 10:02:26 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=5.0.25 X Congreso Internacional del Club Español del Arbitraje http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=6732 Thu, 04 Jun 2015 14:47:33 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=6732 Entre los días 8 y 10 de junio tendrá lugar el X Congrego Internacional del Club Español del Arbitraje, sobre «La evolución del arbitraje en la última década». En el mismo se abordarán una serie de cuestiones que tienen la característica común de haber marcado y continuar señalando las tendencias más novedosas e importantes en materia de configuración del arbitraje internacional, una institución que por su propio carácter expansivo y multinacional cada vez se va dotando más de respuestas propias a las cuestiones más delicadas que el mismo plantea.

X CONGRÈS INTERNATIONAL DU CLUB ESPAGNOL DE L’ARBITRAGE. Entre les 8 et 10 juin il aura lieu le X Congrès International du Club Espagnol de l’Arbitrage, sur «L’évolution de l’arbitrage dans dans les dix dernières années». Dans le même on abordera une série de questions qui ont la caractéristique commune d’avoir marqué et de continuer de marquer les tendances les plus nouvelles et importantes en matière d’une configuration de l’arbitrage international, une institution qui par son propre caractère expansif et multinational chaque fois dote plus de propres réponses aux différentes questions [Le texte continue en espagnol].

– – – – –

El contenido del programa, así como los diversos aspectos vinculados con el Congreso pueden ser consultados en el siguiente enlace.

Fuente: Club Español de Arbitraje

]]>
30º Periodo de sesiones del Grupo de Trabajo III de UNCITRAL http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=6654 Thu, 30 Oct 2014 07:58:16 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=6654

La semana pasada tuvo lugar el 30º periodo de sesiones del Grupo de Trabajo III de UNCITRAL (Comisión de las Naciones Unidad para el Derecho Mercantil Internacional). En ella se continuó el trabajo que se viene desarrollando con vistas a elaborar una normativa sobre la solución en línea de controversias surgidas de operaciones transfronterizas de comercio electrónico.

30º PÉRIODE DE SÉANCES DU GRUPE DE TRAVAIL D’UNCITRAL. La semaine passée a eu lieu le 30º période de séances du Groupe de Travail III d’UNCITRAL (la Commission des Nations Unité pour le Droit commercial International). Dans elle, on a continué le travail sur l’élaboration d’une réglementation sur la solution en ligne des controverses surgies d’opérations transfrontalières de commerce électronique.

Fuente: UNCITRAL

]]>
X Congreso Mundial de Mediación http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=6605 Thu, 11 Sep 2014 09:28:01 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=6605

El próximo día 22 de septiembre dará comienzo el X Congreso Mundial de Mediación, en Génova (Italia). La web oficial del Congreso puede ser consultada en el siguiente enlace.

X CONGRÈS MONDIAL DE MÉDIATION. Le prochain 22 septembre commencera le X Congrès Mondial de Médiation, à Gênes (l’Italie). La web du Congrès peut être consultée dans le lien suivant.

]]>
Conclusiones del «Encuentro Internacional de Mediación: innovación y desarrollo» http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=6392 Thu, 23 Jan 2014 11:20:11 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=6392 http://divulgauned.es/wp-content/uploads/2014/01/cartel_encuentro_A32.jpg

Lawyerpress -a través de Beatriz Rodriguez de la Flor DeMarcos ha difundido las conclusiones obtenidas en el «Encuentro Internacional de Mediación: innovación y desarrollo», organizado por el Programa modular de Mediación de la Facultad de Derecho de la UNED (Universidad Nacional de Educación a Distancia), en colaboración con la Asociación Europea de Mediación (AEM), la Associazione «Mediatori Mediterranei ONLUS» y el Programa de Postgrado en Mediazione Internazionale de la Università degli studi di Cagliari, Dipartimento di Giurisprudenza (UNICA).

DES CONCLUSIONS DE LA «RENCONTRE INTERNATIONALE DE MÉDIATION: INNOVATION ET DÉVELOPEMENT». Lawyerpress -à travers de Beatriz Rodriguez de la Fleur DeMarcos-  a publié les conclusions obtenues à la «Rencontre Internationale de Médiation: innovation et développement», organisé par le Programme modulaire de Médiation de la Faculté de Droit de l’UNED (l’Université Nationale d’Education à distance de l’Espagne), en collaboration avec l’Association Européenne de Médiation (AEM), l’Associazione «Mediatori Mediterranei ONLUS» et le Programme de Troisième cycle dans Mediazione Internazionale de l’Università degli studi di Cagliari, Dipartimento de jurisprudence (UNIQUE) [Le texte continue en espagnol].

—–

En este sentido y según indica Beatriz Rodriguez, la profesora Souto recalcó durante todo el acto la necesidad de fortalecer las relaciones colaborativas internacionales en torno a la mediación y con el ejemplo lo predica, pues durante la intervinieron jornada  distintos miembros de la Universidad de Cagliari con la que tienen un acuerdo de colaboración, para compartir sus interesantes experiencias en el ámbito de la mediación.

En este concepto Beatriz Rodriguez es de la misma opinión que la profesora Souto, pues cree que no hay que trabajar dentro de ninguna nueva disciplina sin considerarla dentro de una acción europea coordinada con el resto de los miembros comunitarios e internacionales, pues en un mundo global como el que se  presenta, no cabe pensar que la mediación va a ser una herramienta particular dentro de cada estado, y más considerando que uno de los reclamos de la mediación en el área de conflictos internacionales es el debido a que las partes articulan el acuerdo de forma autónoma sin encontrarse atrapados en las disonancias de normativas propias no alineadas con el desarrollo internacional de las relaciones que cada día mas genera un mundo globalizado.

Por otra se llegó en las jornadas a la conclusión de que la Mediación puede y debe “ser el proceso alternativo al proceso judicial” y no “la alternativa al proceso judicial” que parece casi idéntico concepto, siendo cosas muy diferentes, como bien hizo notar Don Antonio Dorado Picón miembro del CGPJ. Retomando el sentido de la frase, es preciso instar a la sociedad a que considere la Mediación no como un método alternativo para la resolución de conflictos, sino que tome a los procesos judiciales como una alternativa a la mediación.

Ahorro importante que genera la mediación
Se hizo  hincapié que el entramado social está acostumbrado a que sea la justicia la que dirima sus conflictos, pues como bien saben los que se dedican a la mediación, las partes siempre se creen poseedoras de la razón absoluta, y ¿cómo no va un juez a darles la razón y a imponer la misma a su oponente?. Pues como hicieron notar los miembros de CGPJ, Ana Carrascosa Antonio Dorado en dicha Jornada, el ahorro implícito que conlleva liquidar el conflicto en el entorno de mediación, puede suponer cinco o seis procesos derivados de un incumplimiento de sentencia derivado de un proceso judicial.

Como también recalcaron que los acuerdos obtenidos en mediación se cumplen en un porcentaje elevadísimo, frente a los cumplimientos de sentencia e incluso de las negociaciones extra-judiciales realizadas por los abogados, porque se detecta que ambas derivadas provienen de negociaciones o imposiciones forzadas, y las partes antes o después renegaran de su cumplimiento.

Por ello la mediación resulta un medio económico para desbloquear el sistema judicial y para evitar la reincidencia en incumplimiento de sentencias que vuelve a recaer en cargas al sistema judicial y por tanto a la sociedad, que percibe al Sistema Judicial como uno de los entramados menos efectivos siendo el grado de especialización y formación de sus componentes de los más altos.

Fue muy interesante obtener datos del CGPJ, respecto a lo que han aprendido después de realizar su labor de seguimiento a la mediación desarrollada en los juzgados, nos transmiten la celeridad con la que de media se resuelven los casos de mediación que ronda los dos o tres meses, frente a la dilatación actual de los procesos judiciales. También se hizo notar que los datos que reflejan sus estadísticas en referencia a la resolución de mediaciones con acuerdo en el ámbito laboral, cuyo uso sabemos que es el más extendido en España desde hace tiempo son del 86,9%.

Igualmente se llevó a cabo  una presentación de la recién publicada “Guía práctica de la mediación intra-judicial”, que provee de todo lo necesario para generar un servicio de mediación intra-judicial efectivo pues vuelca toda la experiencia en el entorno de la mediacion del CGPJ desde que en 2008 crearon su primera vocalía para la mediación.

Por otra parte fue muy agradecida la intervención de Julio Fuentes (Subsecretario de Política Legislativa), al brindarnos su experiencia en el desarrollo de la Ley y del recién publicado real decreto 980 del 27 de Diciembre de 2013.

También aportó su visión de que el mediador debe exigirse a sí mismo la mejor formación posible, no solo porque cumpla con lo establecido en el real decreto, sino porque debe ser un profesional completo, tanto en técnicas de mediación, como en el conocimiento del sector en el que va a realizar su trabajo, pues comenta que el mediador debe entender el conflicto al que se enfrenta.

En conclusión se recalcó entre todos los ponentes que las normativas muy rígidas en mediación limitarían el fin último de la misma que es la de flexibilizar procesos conflictuados y aunque asumen que la mediación está en manos de juristas que tienen tendencia a un deseo desbordado de normalizar cualquier aspecto que trabajan, entendemos que la Mediación debe generarse en un entorno legal flexible, recordando que en muchos casos puede derivar en el empleo de protocolos alégales, pero nunca ilegales.

Fuente: Lawyerpress

]]>
17th Annual IBA International Arbitration Day http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=6334 Thu, 26 Dec 2013 11:06:27 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=6334

El próximo mes de febrero de 2014 tendrá lugar en Paris  una jornada interancional sobre arbitraje organizada por la International Bar Association. El programa de la Jornada puede ser consultado en el siguiente enlace.

Le février suivant de 2014 il y aura lieu à Paris une journée interantionale sur l’arbitrage international organisée par l’International Bar Association. Le programme de la Journée peut être consulté dans le lien suivant.

]]>
España se promociona como corte internacional de arbitraje http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=5749 Thu, 02 May 2013 05:11:14 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=5749

España está decidida a convertirse en un centro internacional de referencia en materia de arbitraje legal. Haces unos días, el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel García-Margallo, quien apostaba por un sistema de arbitraje ágil en materia de inversiones para impulsar la internacionalización de las pymes españolas, especialmente en Latinoamérica. Los primeros pasos en este sentido no han tardado en llegar. Esta semana, reputados árbitros, juristas y economistas españoles han dado buena cuenta de la fortaleza de España en este ámbito durante la celebración del VII Congreso Latinoamericano de Arbitraje, que se celebra en Lima y reúne a cerca de 400 profesionales del sector de todo el mundo. Además, entre los organizadores y patrocinadores se encuentran varias firmas del país, desde el Club Español del Arbitraje, hasta Telefónica, además de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje (Cima), cuyo objetivo es situar Madrid con un centro de referencia alternativo a otras plazas europeas, como París o Londres.

L’ESPAGNE CHERCHE SON DÉVELOPPEMENT COMME UNE COUR INTERNATIONALE D’ARBITRAGE. Espagne est déterminé à devenir un centre international de référence dans le domaine de l’arbitrage juridique.  Le ministre des affaires étrangères, José Manuel Garcia-Margallo, a plaidé en faveur d’un système d’arbitrage flexible des investissements pour stimuler l’internationalisation des PYMES, notamment en Amérique latine. Les premiers pas dans cette direction ont été prompts à arriver. Cette semaine, les économistes, les juristes et les arbitres réputés espagnoles ont donné bon compte de la forteresse de l’Espagne dans ce domaine au cours de la célébration de la VII Congrès latino-américain d’arbitrage, qui se déroule à Lima et rassemble environ 400 professionnels de partout dans le monde [Le texte continue en espagnol] .

– – –

Uno de los principales objetivos de la activa participación del sector legal español en este foro es convertir a Madrid en la corte de referencia para las disputas que puedan surgir entre empresas europeas y latinoamericanas, haciendo de puente cultural y legislativo para resolver los problemas entre empresas a ambos lados del Atlántico.

«Para ser una referencia en arbitraje, España debe hacer un verdadero diseño de su política arbitral frente a terceros. Ahí entran en juego aspectos institucionales que tienen una enorme importancia», asegura Juan Serrada, presidente de Cima, corte decana del país y con sede en Madrid desde su fundación en 1989.

La labor española en materia de arbitraje internacional cuenta con el suficiente prestigio en Latinoamérica como para que, en esta edición, se haya homenajeado la contribución y la trayectoria profesional de Bernardo Cremades, junta a su colega francés Yves Derans.

A esta cita, no han faltado importantes abogados españoles, como José María Alonso, socio director de Baker & McKenzie y presidente de honor del Club Español del Arbitraje; Manuel Conthe, counsel de Bird & Bird y presidente del consejo asesor de EXPANSIÓN; Jesús Remón, socio de Uría Menéndez; Carlos de los Santos, socio de Garrigues; o Antonia Magdaleno, fundadora del bufete que lleva su nombre.

Fuente: Expansion

]]>
UNCITRAL debate sobre la solución on-line de controversias derivadas de la contratación electrónica http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=5134 Wed, 07 Nov 2012 08:47:04 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=5134

Durante esta semana, el Grupo de Trabajo III de UNICTRAL se encuentra debatiendo la aprobación de un Reglamento en el que se regule la solución por vía informática de las controversias derivadas de la contratación electrónica. En el marco del Periodo de sesiones de analizan, además del contenido del mencionado reglamento, diferentes iniciativas vinculadas con la resolución extrajudicial por vía de ODR. Os remitimos el enlace de ODR Exchange, un espacio de consulta sobre la preparación de la infraestructura digital que permite la prestación de servicios de ODR transfronterizos.

Au cours de cette semaine, le Groupe de travail III du CNUDCI examine actuellement l’adoption d’un règlement qui régit la solution on-ligne des conflits dans la contratation electronique. On a également analysé diverses initiatives liées à la solution on-ligne (ODR). Nous vous renvoyons le lien de «ODR Exchange», un forum de consultation sur la préparation de l’infrastructure numérique qui permet la fourniture transfrontalière des ODR.

]]>
Deuxième Conférence d’arbitrage Interantional à Coimbra http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=4932 Fri, 05 Oct 2012 09:06:47 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=4932

L’objectif de la deuxième édition de la «Encontro de Arbitragem international de Coimbra» (Portugal) est d’être un forum de réflexion sur l’arbitrage commercial international et essentiellement orientée vers les lieux portugaises et espagnoles et les participants. Il aura lieu les 18-20 Octobre avec la participation en tant que conférenciers de plusieurs membres du Secrétariat de la Cour.

On peut consulter le programme sur le lien suivant.

]]>
Compte-rendu su le dix-neuvième concours d’arbitrage international de Vienne «Williem C. Vis International commercial arbitration Moot» http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=4409 Wed, 27 Jun 2012 07:03:17 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=4409 Dans la dernière édition de la Revue de l’arbitrage, publiée par le Comité français de l’arbitrage (2012 – Nº 1) Marion Seranne a écrit le compte-rendu su sa participation au Vis Moot de Vienne, où le cas soumis aux compétiteurs comportait la question du pouvoir de récusation par le tribunal arbitral du conseil d’une des parties, non pas pour des raisons disciplinaires, sujet à part entière, mais en raison des liens entretenus par cet avocat, intervenu tardivement dans la procédure, avec le Président du tribunal arbitral.

En el último número de la Revista de Arbitraje, publicada por el Comité francés de arbitraje (2012 – nº.1), Marion Seranne redacta un informe sobre su participación en el Vis Moot de Viena, donde el caso sometido a los competidores se refirió a la recusación en el ámbito del arbitraje.—————————————————————————————————————————————————————

«Le dix-neuvième concours d’arbitrage international de Vienne « Williem C. Vis International commercial arbitration Moot » a rassemblé 285 universités et écoles en provenance de 71 pays, du 29 mars au 5 avril dernier.

Cette compétition permet à des étudiants de cultures juridiques différentes de travailler sur le même cas concret de droit du commerce international et d’arbitrage durant près de six mois. Les équipes s’affrontent lors de deux grandes étapes. En premier lieu, les phases écrites (octobre à janvier) sont l’occasion de rédiger deux mémoires en anglais représentant alternativement les intérêts du demandeur et du défendeur. En second lieu, les phases « orales » (février à mars) permettent aux équipes de s’opposer dans le cadre de plaidoiries.

Le sujet unique proposé aux étudiants contient traditionnellement deux problèmes de droit. D’une part, une question de responsabilité contractuelle pour laquelle la Convention des Nations Unies sur les contrats de vente internationale de marchandises est applicable. D’autre part, une question de procédure permet d’utiliser le règlement de l’institution arbitrale sélectionnée pour le « Moot ».

Cette année, le sujet était soumis au nouveau règlement d’arbitrage CIETAC, entré en vigueur le 1er mai dernier. La question de procédure soulevée n’était pas dénuée d’intérêt, pointant un des défis que l’arbitrage international devra vraisemblablement relever : la question de la récusation des conseils des parties.

Dans le cas soumis aux étudiants, une des questions les plus vivement débattues concernait les relations d’ordre personnel et professionnel qu’un des conseils du demandeur entretenait avec le Président du tribunal arbitral. Ces relations particulières n’avaient pas été divulguées et l’arrivée du conseil dans l’équipe du demandeur avait été annoncée après la constitution du tribunal arbitral.

Dès lors qu’elles défendaient les intérêts du défendeur, les équipes étaient tenues de développer des arguments en faveur de la récusation du conseil de la partie adverse. Or, aucune disposition ne vise expressément la récusation des conseils des parties. Un tribunal arbitral dispose-t-il du pouvoir de statuer sur une telle question ? Une réponse par l’affirmative pouvait être justifiée par la mission du tribunal de gérer toutes les questions de procédure – même en l’absence de disposition expresse. Par ailleurs, ne pas faire droit à la demande de récusation du conseil risquait de mettre en péril l’intégrité de la procédure et la crédibilité du tribunal.

La décision Hrvatska v. Slovenia, rendue en matière d’investissement international, a été largement invoquée par les plaideurs, s’agissant du seul cas où un tribunal arbitral a effectivement récusé le conseil d’une des parties. Dans cette affaire, le défendeur communiqua dix jours avant le début des plaidoiries le nom des conseils qui y assisteraient. Or, il est apparu qu’un des conseils qui n’avait pas été préalablement identifié faisait partie de la même chamber de Barristers que le Président du tribunal arbitral. Dès lors, le demandeur sollicita en vain des informations complémentaires sur les relations professionnelle et personnelle unissant le conseil et le Président, ainsi que sur le rôle que ce conseil aurait au cours des plaidoiries. Tel est le contexte dans lequel le tribunal arbitral s’est reconnu compétent pour modifier la composition d’une équipe de conseils.

La possibilité de récuser un conseil, calquée sur la procédure de récusation d’un arbitre, est intéressante car moins onéreuse et plus rapide que la procédure de récusation de l’arbitre lui-même. Reste cependant à confirmer que le droit des parties d’être représentées par toute personne de leur choix et de faire valoir leurs droits soit respecté ! Le pouvoir disciplinaire du tribunal est une voie à approfondir.

Outre le débat juridique, participer au Vis Moot, c’est s’investir pleinement dans une équipe unie pour représenter les couleurs de son Université ou de son Ecole. Expérience atypique de l’éducation juridique, le Moot nécessite un grand investissement : six mois de préparation intensive et une semaine à Vienne qui cristallise les efforts des équipes participantes et de leur coach. Entre « feedback » post-plaidoiries et débats sur l’interprétation du cas ou des problèmes de droit, les étudiants échangent avec les professionnels et les coach, s’initiant au développement d’un réseau, découvrant ainsi l’arbitrage et le contentieux international. L’expérience est unique. L’année prochaine, à Vienne».

Source: Squire & Sanders

]]>
Presencia destacada de instituciones arbitrales españolas en el IV Congreso Iberoamericano de Arbitraje http://www.mediacion.inmigracionclandestina.eu/?p=3984 Wed, 18 Apr 2012 08:00:52 +0000 http://www.mediacionarbitraje.eu/?p=3984 El “Congreso Latinoamericano de Arbitraje” es la actividad académica y profesional más importante de Perú y anualmente reúne a reconocidos abogados y árbitros de todo el mundo con el objetivo de dialogar sobre los nuevos y antiguos problemas del arbitraje. En esta ocasión será los próximos 23 y 24 de abril cuando se celebre la VI Edición de este importante evento al que han confirmado la asistencia como ponentes de  la Corte de Arbitraje de Madrid y su nuevo presidente, Miguel Angel Fernández-Ballesteros, así como la Corte Civil y Mercantil, CIMA, con Juan Serrada, su máximo responsable al frente, al igual que la Corte Española de Arbitraje y su secretario general Pablo Poza.

En el caso de CIMA  es  uno de los sponsor de este Congreso, en el que ya ha participado en anteriores ediciones. Su Presidente actuará como ponente en la Mesa Redonda que tratará del tema de análisis de los criterios para la cuantificación de daños y perjuicios. También se hablará en dicha Mesa del daño emergente y lucro cesante, así como de la perdida de chance y daños punitivos.  Desde su punto de vista “este evento constituye como siempre, una magnifica ocasión para el tratamiento de temas de actualidad y el intercambio de opiniones a través de los contactos personales.”

Como es de conocimiento público, el Perú se encuentra en el momento propicio para invertir. Gracias a la estabilidad económica y jurídica para hacer negocios en nuestro país, en estos momentos ocupa  el puesto 41 en el ranking del Doing Business 2012.

En este entidad para Carlos Soto, abogado del despacho Carlos A. Soto Aguila y uno de los organizadores de este Congreso Latinoaméricano de Arbitraje señala el papel de este país dentro del concierto arbitra . “Actualmente, los inversionistas y empresarios eligen de modo casi exclusivo la vía arbitral como mecanismo para resolver sus disputas. De ahí la importancia de que el Perú sea considerado una sede atractiva para arbitrar. Este resultado se ha obtenido gracias a la confluencia de diversos factores, como: la moderna Ley de Arbitraje peruana de 2008, la creciente comunidad de árbitros altamente capacitados y competitivos, y el respeto del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional a la justicia arbitral.”

Para esta nueva edición, la Comisión Organizadora, coordinada desde el Instituto Peruan de Arbitraje IPA, www.peruarbitraje.org ha programado un desafiante temario en el cual se tratarán temas como: el arbitraje multipartes, la extensión del convenio arbitral a partes no signatarias, la intervención de terceros en el arbitraje, el arbitraje regulatorio y la intervención de Entidades Estatales; el control difuso por los árbitros, el principio del iura novit curia en el arbitraje y la ley aplicable a la controversia; el incumplimiento y la imposibilidad de los contratos; el caso fortuito y la fuerza mayor, el ius variandi del Estado en contratos públicos, los actos propios, el principio rebus sic stantibus, hardship, impossibility o impracticability; los diversos criterios para la cuantificación de los daños y perjuicios, daño emergente, lucro cesante, pérdida de chance, daños punitivos, daños triplicados, mitigación de los daños, daños por violación de garantías de inversión, el arbitraje en los sectores de la construcción, minería y telecomunicaciones, y el nuevo Reglamento de Arbitraje de la CCI (2012).

El VI Congreso Latinoamericano de Arbitraje, además de ser una importante actividad académica, es el espacio ideal para el networking de árbitros, firmas de abogados, funcionarios y, en general, todos los practicantes del arbitraje. Por lo tanto, la asistencia al Congreso es una escala necesaria para todos los practicantes del arbitraje interesados en mantenerse al día sobre el estado actual del arbitraje en la escena nacional e internacional. La invitación está hecha y en abril seremos testigos, una vez más, de cómo el Perú se convierte en el centro de atención del mundo del arbitraje.

Fuente: diariojuridico.com

]]>